Actualización del baremo por daños y perjuicios en accidente de circulación

Sep 12 2018

Actualización del baremo por daños y perjuicios en accidente de circulación

Hace mes y medio aproximadamente, fue publicado el nuevo baremo para los daños y perjuicios…

que se podían solicitar cuando se produce un accidente de circulación, mediante la Resolución de 25 de julio de 2018 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, aunque su vigencia se ha producido el martes 14 de agosto.

Mediante esta Resolución se han publicado las cuantías de las indemnizaciones actualizadas.

Según establece el artículo 49.1 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, dichas cuantías quedan automáticamente actualizadas con efecto de 1 de enero de cada año, en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Teniendo en cuenta la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales para 2018, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones acuerda hacer públicas en su sitio web http://www.dgsfp.mineco.es/  las cuantías indemnizatorias vigentes durante el año 2018 revalorizadas en un 1,60%.

Después de aplicar la subida del 0,25% de 2018 las indemnizaciones por lesiones temporales quedarán de la manera siguiente:

  • Día de perjuicio muy grave = 100,50€
  • Día de perjuicio grave = 75,38€
  • Día de perjuicio moderado = 52,26€
  • Día de perjuicio básico = 30,15€

Ya 2015 nuestro sistema indemnizatorio por daños de circulación tuvo un gran cambio para adecuarse a los demás países europeos, mediante La Ley 35/2015, de 22 septiembre –EDL 2015/156576-, ha dado a la luz un nuevo baremo para determinar la indemnización en caso de accidentes de tráfico que ha modificado de forma notable y novedosa el baremo existente con anterioridad, contenido en la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor –EDL 2004/152063– que era objeto de actualización anual por la correspondiente Orden de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Los principales puntos que modificó fueron:

  1. Se fundamentó el cambio en el principio de reparación integral y vertebrada de forma que se precisan mejor los conceptos indemnizables y se actualizan las indemnizaciones. Cada perjudicado obtiene de modo autónomo la indemnización que le corresponda y se particulariza mediante el reconocimiento de unos perjuicios particulares.
  2. Las aseguradoras fueron obligadas al pago de los gastos sanitarios incluso el correspondiente a los servicios públicos en que sea atendido el lesionado
  3. Se incrementaron las indemnizaciones respecto a la media del periodo 2005 a 2011 en las siguientes cuantías: 50% de media en las indemnizaciones por muerte, 35% de media en las secuelas y 12,8% en las indemnizaciones por secuelas.
  4. El sistema de revaloración se vinculó a la revalorización de las pensiones, por considerar que se ajusta más a los principios y características del baremo que el antiguo sistema de revalorización por referencia al IPC.
  5. Se obligó a las aseguradoras a ser especialmente diligentes en el cálculo y pago de las indemnizaciones mediante la obligación de presentar oferta motivada con la remisión en caso de discordancia a un proceso de mediación, antes de acudir al procedimiento judicial.

Por tanto, buenas noticias, poco a poco vamos armonizando nuestro sistema indemnizatorio de daños por accidentes de circulación para asimilarlo a los demás países europeos, siendo un sistema más clarificador y desarrollado que nos permite tener menor incertidumbre que la existente hace años, así como se aumenta la indemnización cada año progresivamente, siendo este año una revaloración como hemos indicado de 1,60 puntos.

Fuente: pamplonaactual.com

Accitraf, abogados especializados en accidentes y grandes lesiones.
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