Abr 04 2019

Atención a los acuerdos con los bancos sobre Cláusula suelo e IRPH

Hay que tener cuidado y evitar firmar documentos en los que se renuncie a reclamar el dinero pagado de más en el pasado. Como hicieron con la Cláusula Suelo, según se acerca la sentencia europea sobre la nulidad del IRPH, los bancos están ofreciendo acuerdos y haciendo otro tipo de acciones para evitar las reclamaciones masivas.

 

Acuerdos con el banco sobre Cláusula Suelo

 

Ya ocurrió con la Cláusula Suelo, en algunos casos el cliente aceptó la novación que le ofrecía el banco por ser la vía más rápida para acabar con el problema. Después, el juez ha dado por buenos dichos acuerdos y ha limitado la posibilidad del hipotecado de recuperar el desembolso extra que le supuso firmar con este índice de referencia.
Queremos alertar a los afectados por IRPH de que no es el momento de negociar con el banco y sobre todo, antes de firmar nada, aconsejamos acudir a un abogado. Los acuerdos que el banco está ofreciendo apresuradamente suelen tener condiciones que económicamente se equiparan al IRPH y además suponen:
  • La renuncia a poder recuperar las cantidades pagadas de más.
  • La renuncia de acciones legales.

 

Acuerdos con el banco sobre IRPH

 

Está previsto que la sentencia europea se haga pública en septiembre y la banca ve posible que el TJUE se pronuncie a favor del consumidor como ya lo hiciera con la Cláusula Suelo. Es por esto, que les ha entrado la prisa y quieren llegar a acuerdos para evitar el alubión de demandas y por consiguiente la pérdida de dinero que les puede suponer la devolución del dinero al millón de afectados.

 

Por esta razón hemos sabido por algunos de nuestros clientes que sus bancos, más allá de ofrecerles un acuerdo, están llevando a cabo la siguiente acción:

 

El banco, a los clientes que tienen contratado un préstamo referenciado a IRPH le realizan, de forma unilateral, una devolución o modificación en su préstamo. Esta actuación no tiene relación con la declaración de nulidad del índice IRPH; sino más bien con respecto a la “Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internalización” en la que se eliminaba el IRPH cajas/bancos y se sustituía por el IRPH entidades.

Por ejemplo, le devuelven cantidades por incumplimientos derivados de la aplicación incorrecta de un IRPH bancos/cajas aplicado como fijo, cuando se les debió aplicar el IRPH entidades como variable. Esta devolución puede llevar a confusión y llevarte a pensar que te han anulado el IRPH, pero no es así, están devolviendo una cantidad por inclumplimiento del banco en otro tema, pero ni te han anulado el índice IRPH ni te están devolviendo las cantidades pagadas de más como consecuencia de tener este índice de referencia.

 

Recomendamos a los clientes que si su banco les ha hecho algo así, no firmen ningún documento, que guarde todas las comunicaciones que les está enviando el banco.

 

 

Fuente: www.arriagaasociados.com

 

 

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